Con base en las consideraciones expuestas este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO de la acción de nulidad interpuesta por la empresa CENTRAL MADEIRENSE C.A., en contra de la Providencia Administrativa sin numero, de fecha 06 de JULIO de 2011, emanada de LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL AREA METROPOLITANA .