este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
Primero: CON LUGAR el derecho a percibir Honorarios Profesionales del abogado ALFREDO DE JESUS SALVATORI, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-3.978.075, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.970, acción incoada contra BANACCI CASA DE BOLSA, C.A., sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo (II) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital del Estado Miranda, en fecha 19 de Junio de 1996, bajo el número 16, tomo 362-A-Sgdo.
Segundo: SE ORDENA abrir la segunda fase de este procedimiento, en virtud de haberse acogido la parte demandada y la parte actora al derecho de Retasa, una vez quede definitivamente firme el presente fallo.