IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ello conforme lo establecido en los artículos 362 del Código de Procedimiento Civil y 108 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
SEGUNDO: PROCEDENTE la pretensión que por DESALOJO ha incoado la ciudadana NELLY MARINA RIVAS VERA contra la ciudadana FRANCIS DEL CARMEN RIVERA RIVAS, ambas identificadas plenamente en la parte inicial del presente fallo.
TERCERO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora, el inmueble identificado como "Apartamento 4-A, cuarto piso, el cual forma parte integrante del edificio que lleva nombre Residencias Kamamuri, situado en la Avenida Prin.....