Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por el abogado en ejercicio Roberto Hung, actuando en nombre propio y en ejercicio de sus derechos e intereses, así como en representación de Jorge Kiriakidis, en su condición de parte actora, y por el abogado Heberto Roldán, actuando como apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en cada una de sus partes la sentencia de fecha veintisiete (27) de mayo de 2015, dictada por el juez del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, que declaró sin lugar la demanda.
TERCERO: En función de lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la.....