Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público y por la defensa pública, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por la vía del procedimiento ordinario, conforme a lo pautado en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contenida en el artículo 256 ordinales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal a la imputada BELKYS YÁNEZ VELASQUEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caraceas, de 34 años de edad, de estado civil soltera, nacida el 21.10.72, titular de la cédula de identidad Nº V-11.233.913, hija de Saida Josefina Velásquez (v) y Guillermo Yánez (v), de profesión.....