Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIELY VALDEZ GONZÁLEZ, Defensora Pública Penal Quincuagésima Cuarta del Área Metropolitana de Caracas, quien ejerce la Defensa del ciudadano PAUL GIOVANNI VÁSQUEZ y en consecuencia, se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 de enero de 2010, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al prenombrado ciudadano por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2° y 3° y artículo 252 numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal.