DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos GISELA MARGARITA CALZOLAIO DE ESTRADA, GIUSEPPE SALVADORE CALZOLAIO VELIZ, GRACIELA MARIA CALZOLAIO VELIZ, ANTONIO DOMENICO CALZOLAIO VELIZ, NEIDA JOSEFINA VELIZ DE CALZOLAIO, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANTONIO CRISPINO CALZOLAIO CACIOPPO, quien en vida era venezolano, casado portador de la cédula de identidad N° V-5.945.335 de 63 años y residía en la calle 23 entre avenidas 39 y 40 casa S/N, del Barrio América de Acarigua del Municipio Páez del Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 15 de Noviembre de 2024 según consta de Acta de Defunción Nº 1391, expedida por el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, quien era padre de la solicitante, anteriormente identificado, y así se Decide y Establece.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de .....