Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el Abogado PEDRO MIGUEL CASTILLO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DINORAK ESTHER CASTILLO MURGA. En consecuencia se decide:
PRIMERO: Se NIEGA la solicitud de nulidad de los actos administrativos de remoción y retiro contenidos en los oficios Nº 01-04-01-243 de fecha 04 de diciembre de de 2003 y Nº 01-04-01-0004 de fecha 07 de enero de 2004, respectivamente, dictados por el Contralor General de la República.
SEGUNDO: Se ordena a la Contraloría General de la República, calcularle y posteriormente pagarle a la ciudadana Dinorak Esther Castillo Murga las prestaciones sociales por el tiempo de servicio prestado en ese organismo.