Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra sentencia dictada por el juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 28/01/2011. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana EDDY JACQUELINE CAMPOS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 13.160.715, en contra de la empresa mercantil ZARA VENEZUELA, S.A, TERCERO: Se revoca el fallo apelado. CUARTO: Se ordena a la empresa demandada a pagar los conceptos laborales condenados en la parte motiva del presente fallo; QUINTO: No hay condenatoria en costas.