este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Desalojo intentada por el ciudadano LUIS ERNESTO GIL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V-6.129.941, contra los ciudadanos PEDRO MANUEL VEGAS MONTSERRAT y ALBA ELENA UGAS FIGUEREDO, venezolanos, mayor de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.534.377 y V-8.214.162, respectivamente
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en litigio, el cual comenzó en 25 de enero de 2005, y tuvo por objeto el siguiente inmueble un apartamento que se encuentra ubicado en el Tercer piso, distinguido con el Nº 36, situado en la Avenida Venezuela, Edificio Granada, Urbanización Bello Monte, Sección Segunda, Parroquia El .....