Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: REVOCA el auto de fecha 08 de abril de 2022, dictado por el TRIBUNAL NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SEGUNDO: REPONE la causa al estado que una vez que conste a los autos el cumplimiento del Alguacil de la notificación de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, y transcurra íntegramente el lapso de suspensión de acuerdo a la norma invocada, se pronuncie en cuanto a los recursos de apelación interpuestos por la actora, en fechas: 29 de marzo de 2022, y 05 de abril de 2022, y acumule las nomenclaturas asignadas, en el asunto AP21-R-2022-00063 por ser el que previno.- TERCERO: El.....