Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 05 de marzo de 2008 por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaró CON LUGAR la presente acción de calificación de despido incoada por la ciudadana Neida Yolanda Blanco Muñoz en contra del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL). En consecuencia, se ordena a la demandada a reenganchar a la parte actora a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones laborales que tenía para el momento del ilegal despido. Asi como se condena al pago de los salarios caídos, a razón de Bs. 894.078,00 es decir Bs.F.894,08, todo lo cual será cuantificado por el Juez de Sustanciación, Mediaci.....