Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano, ISTERGERGES BARILLAS SUBDIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- 3.624.165 contra COOPERATIVA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PUERTO REAL, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos demandados en el libelo condenándose a la parte demandada, a pagar a la parte actora