Este Juzgado Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana ADA HILDA TORRES BENITEZ, titular de la cédula de identidad N°. 9.170.365, antes identificada por cobro de prestaciones sociales en contra de la empresa SEL-FEX, S.A., antes identificada, condenándose a la parte demandada según las siguientes determinaciones: PRIMERO: Deberá pagar a la actora, la cantidad de: CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 49.194.660,05). SEGUNDO: Deberá pagar a la actora los intereses generados por la antigüedad acumulada establecida en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo antes referida, desde la fecha de ingreso, hasta la fecha de egreso, lo que se deberá cal.....