La parte demandada, luego de evaluar sus pretensiones y los hechos alegados por su contraparte, ofrece pagar la suma de Bolívares Veinte Mil exactos (Bs. 20.000,00), el día jueves 11 de agosto de 2011, a las 02:00 p.m., por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, para dar por terminado el presente juicio, sin que se entienda que reconoce que entre las partes existió un contrato de trabajo. La parte actora, cediendo en sus pretensiones, al evaluar su posición en el presente procedimiento, acepta la oferta y fecha de pago presentada por la parte demandada, estableciendo que nada queda a deberle por la relación que existió entre ellas. Debido al presente acuerdo, las partes establecen que nada quedan a deberse por la prestación de antigüedad, antigüedad adicional, intereses sobre prestación de antigüedad, vacaciones, bonos vacacionales, utilidades, indemnizaciones por despido injustificado, intereses moratorios indexación, horas extr.....