Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra sentencia de fecha dictada el 16/03/2011 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra sentencia de fecha dictada el 16/03/2011 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo.; TERCERO: Se modifica el fallo recurrido solo en lo concerniente a la condenatoria de las vacaciones y bono vacacional. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OMAR ORLANDO CHACÓN VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.164.123 en contra del RESTAURANT EL SALÓN DEL POLLO C.A. (INVERSIONES NUGOMEN C.A). QU.....