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Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoara el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria "FOGADE") actuando como liquidador de la sociedad mercantil BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil PROYECTOS 2 TORRES C.A. y los ciudadanos PEDRO EDGARDO RAMÓN ANDARA, AÍDA DE LA CONCEPCIÓN DE LOS RÍOS DE RAMÓN, IGOR FLAZ GOLBERG, JUDITH HALFEN DE FLAZ, RAFAEL GRUZKA TRESS y MARÍA CECILIA DE LOS RÍOS DE GRUZKA, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la can.....