Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 868 y 362 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares sigue el Instituto Bancario Banesco Banco Universal C.A., contra la Sociedad Mercantil Grupo Numen; C.A SEGUNDO: Se condena a pagar a la demandada Sociedad Mercantil Grupo Numen; C.A la cantidad de Bolívares Ciento Cincuenta y Tres Mil Setecientos Setenta y Ocho Bolívares con 35/100 Bsf. 153.778,35) discriminada en la forma que ha continuación se señala:
En relación al (Contrato de fecha 30 de Noviembre de 2007):
Primero: la Cantidad de Catorce Mil Ochocientos Ochenta Bolívares con 05/100 (Bs. 14.880,05), saldo la obligación;
Segundo: la Cantidad de Cuatro Mil Ochocientos.....