En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décima Quinta (15°) de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional de conformidad con el criterio explanado anteriormente declara IMPROCEDENTE la presente demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana MAILEY MARIAN PINTO MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.851.974, debidamente asistida por la abogado HAYDEE VELASQUEZ URBAEZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda (2°), contra del ciudadano JOSE FERNANDO FERRER MORILLO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-20.650.593, a favor del niño ***, de tres (03) años de edad; por consiguiente se insta a la parte demandante a intentar su solicitud por ante el Tribunal Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judici.....