Vista la diligencia que antecede de fecha 20 de septiembre de 2016, suscrita por la abogado XIOMARA DÍAZ, Inpreabogado Nº 87.923, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, con facultades expresas para desistir y disponer del derecho en litigio, según consta de instrumento poder inserto a los folios 19 y 20 del presente asunto, mediante la cual DESISTE del RECURSO DE APELACIÓN ejercido contra la sentencia dictada en fecha 30 de junio de 2016 por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial con motivo de la demanda incoada por el ciudadano KELVIN YOHAN SALAZAR SOLES en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA, S. A.- SUCURSAL VENEZUELA y solidariamente el CONSORCIO CAMARGO CORREA; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en los términos expuestos; en consecuencia una vez se encuentre definitivamente firme la presente decisión se ordenará su remisión al Juzgad.....