Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- La EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN de nulidad interpuesta por el Municipio Baruta del estado Miranda contra el acto administrativo n° 026-12 del 18/01/2012 de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. 2.- Se deja constancia que el lapso (cinco -5- días de despacho) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que conste en autos la certificación por Secretaría de haberse notificado al Síndico Procurador de dicho Municipio, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Líbrese oficio a este funcionario. 3.- No hay condena en costas por el carácter de la presente decisión.-