DISPOSITIVA
En vista de los planteamientos anteriormente realizados, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de las Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud realizada por la DRA. MARÍA LAURA MOLINA, Defensora Pública Trigésima Novena Penal, en su carácter de defensora del ciudadano PIÑATE WALBER IVÁN, en el sentido que le sea revisada la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre su defendido y en su lugar le sea otorgada una medida menos gravosa de posible cumplimiento.