DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad interpuesta por la Asamblea Nacional. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARISOL AGUILERA GIL contra PARLAMENTO ANDINO, ORGANO ADSCRITO A LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de los conceptos que se señalan en la parte motiva del presente fallo. Asimismo, se condena a la parte demandada al pago de los intereses de mora y la corrección monetaria, de acuerdo con los parámetros fijados en la parte motiva de esta decisión. CUARTO: No se condena en costas a la parte demandada. QUINTO: Se orde.....