PRIMERO: Se declara sin Lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo. SEGUNDO: Se fija como monto a pagar por la demandada COMPAÑÍA ANONIMA CENTRO MEDICO LOIRA, a la parte actora JULI DEL C. LOPEZ DE SUAREZ, la cantidad de NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS. TERCERO: En virtud que no se encuentra regulado el lapso para dictar decisión en el presente procedimiento, esta Juzgadora a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso ordena la Notificación de las partes. CUARTO: Se condena en costas a la parte impugnante.