En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Séptimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos DOUGLAS OCTAVIO OLIVARES NERI y MARDY MARIA RODRIGUEZ BARREÑO, decretada el 20 de agosto de 2014. En consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado 11 de mayo de 2014, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia el Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.