Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos ejercida en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana YOLIMAR DEL VALLE AFANIS ARNAUDES, asistida por el abogado Armando Bonalde García, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.843, contra el acto administrativo relacionado con el Punto de Cuenta No. DNRH-0817, de fecha 27 de agosto de 2015, del cual fue notificada mediante oficio No. DNRH-DAP-2015-0990, de fecha 10 de septiembre de 2015, emanado de la Dirección Nacional de Recursos Humanos de la Defensa Pública. En consecuencia, se suspenden los efectos de los actos administrativos impugnados, hasta tanto se dicte sentencia definitivamente firme en la causa.