DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARITZA COROMOTO DURAN VERGARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.128.923, contra el ciudadano CESAR AVELIO BRAVO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.129.414.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante el Registro Civil de la Parroquia Carache, Municipio Carache, del Estado Trujillo, en fecha 17 de octubre de 1997, tal cual consta en Acta Nº 2 del año 1997.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación dirigidos al Registro Civil de la Parroquia Carache, M.....