este Tribunal en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho desistimiento en los términos expuestos, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 22 de noviembre de 2011. CUMPLASE.