Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se deja constancia del Pago en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo ANGUS GRILL C.A." propietaria de los Fondos de Comercio denominados "Restaurant Punta Grill" y "SALON VILLA MAGNA", a favor del ciudadano YORLANDO DANIEL VALDERRAMA RAMIREZ, todos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.