PRIMERO: INADMISIBLE por CADUCIDAD, el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 23/02/2015 por la parte recurrente LILIAM TERESA DELGADO CAMPOS, en contra de la Providencia Administrativa N° 541-14, de fecha 07 de agosto de 2014, expediente N° 027-2014-01-02127, emanada por la Inspectoría del Trabajo Jefe Miranda Este, la cual se declaró Con Lugar la solicitud de Autorización de Despido, incoada por la empresa CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL (CORPOELEC), en contra de la referida ciudadana LILIAM TERESA DELGADO CAMPOS.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-