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Decisiones del dia 27/02/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2010-003221 N° Sentencia : Fecha: 27/02/2015
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: VITA ALBA GRILLO ARENAS; VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 5.304.589, REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR LA ABOGADA MARIA JOSEFINA LEON MONSALVE, IPSA 51.514. DEMANDADOS: JONNY EDGAR BRAVO GUERRERO, VENEZOLANO, TITULAR DE LAS CEDULA DE IDENTIDAD NRO V- 5.421.071, SIN APODERADO JUDICIAL CONSTITUIDO.
Resumen:
Ahora bien, el presente caso, desde el 19 de mayo de 2011, hasta la fecha actual, tiene mas de tres (3) años de inactividad por causas imputables a la parte actora, que aparentemente sería la más interesada en que fuese sentenciada la causa, porque fue la que interpuso la demanda de desalojo, en el que ni siquiera el demandado fue citado. En vista del tiempo por el cual ha sido extendida dicha inactividad, este Juzgado declara que de conformidad a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se consumó la PERENCIÓN por falta de impulso procesal por más de un (1) año, en el presente procedimiento que por DESALOJO interpuso VITA ALBA GRILLO ARENA contra BRAVO GUERRERO JONNY EDGAR, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide. Dada la naturaleza del presente fallo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y NOTIFIQUESE, y déjese copia cert.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP31-V-2014-001700 N° Sentencia : Fecha: 27/02/2015
Procedimiento:
Reconocimiento De Documento
Partes:
DEMANDANTE: PEDRO FELIPE RADA; VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 10.784.727, REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR LA ABOGADA SARA MIREYA PALACIOS, IPSA 15.412. DEMANDADOS: ALEJANDRO TINEO SALAS Y MARCO ANTONIO SOSA A, VENEZOLANOS, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS V- 2.484.788 Y V-4.168.647, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
En el presente caso, el Tribunal observa, que desde el 02 de Diciembre de 2014, fecha en la cual se admitió la presente demanda y se ordeno la citación de los ciudadanos ALEJANDRO TINEO SALAS y MARCO ANTONIO SOSA A, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 2.484.788 y V-4.168.647, la parte actora, no ha realizado ningún acto procesal, a los fines de la continuación del proceso; lo cual representa una evidente inercia de más de un (01) año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP31-V-2010-002061. N° Sentencia : Fecha: 27/02/2015
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: LAS CIUDADANAS RINA PACILLO DE ALISETTI, FILOMENA PACILLO DE GUIDA Y SILVIA PACILLO DE LEON, VENEZOLANAS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 1.730.555, 2.136.272 Y 2.764.909, RESPECTIVAMENTE, REPRESENTADAS POR LOS ABOGADOS EN EJERCICIO INGRID ADELE ALISETTI PACILLO Y CARLOS ROJAS RODRIGUEZ, INSCRITOS EN EL IPSA NO. 29.406 Y 29.457, RESPECTIVAMENTE. DEMANDADA: EL CIUDADANO ANTONIO JOSE MARIN TALAVERA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDEN
Resumen:
Ahora bien, el presente caso, desde el 19 de mayo de 2011, hasta la fecha actual, tiene mas de tres (3) años de inactividad por causas imputables a la parte actora, que aparentemente sería la más interesada en que fuese sentenciada la causa, porque fue la que interpuso la demanda de desalojo, en el que ni siquiera el demandado fue citado. En vista del tiempo por el cual ha sido extendida dicha inactividad, este Juzgado declara que de conformidad a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se consumó la PERENCIÓN por falta de impulso procesal por más de un (1) año, en el presente procedimiento que por DESALOJO interpuso RINA PACILLO DE ALISETTI, FILOMENA PACILLO DE GUIDA y SILVIA PACILLO DE LEON, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.730.555, 2.136.272 y 2.764.909, respectivamente, representadas por los Abogados en ejercicio INGRID ADELE ALISETTI PACILLO y CARLOS ROJAS RODRIGUEZ, inscritos en el IPSA No. 29.406 y 29.45.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP31-V-2011-001156. N° Sentencia : Fecha: 27/02/2015
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: LA CIUDADANA MARIA FATIMA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-3.871.391, REPRESENTADA POR EL ABOGADO ALEX MUÑOZ GARCIA, INSCRITO EN EL IPSA NROS. 13.385. DEMANDADA: LA CIUDADANA GRACE ASSAF BREIDE, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-5.530.793, SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL CONSTITUIDA.
Resumen:
Ahora bien, el presente caso, desde el 13 de mayo de 2011, hasta la fecha actual, tiene mas de tres (3) años de inactividad por causas imputables a la parte actora, que aparentemente sería la más interesada en que fuese sentenciada la causa, porque fue la que interpuso la demanda de desalojo, en el que ni siquiera el demandado fue citado. En vista del tiempo por el cual ha sido extendida dicha inactividad, este Juzgado declara que de conformidad a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se consumó la PERENCIÓN por falta de impulso procesal por más de un (1) año, en el presente procedimiento que por DESALOJO interpuso MARIA FATIMA RODRIGUEZ RODRIGUEZ contra GRACE ASSAF BREIDE, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide. Dada la naturaleza del presente fallo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y NOTIFIQUESE, y déjese copia .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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