.... Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se deja CONSTANCIA DEL PAGO en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A., a favor de la ciudadana YELITZA COROMOTO MONTILLA HERRERA, todos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Así se decide
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal. Cúmplase....