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Decisiones del dia 27/03/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2005-1643 N° Sentencia : Fecha: 27/03/2008
Procedimiento:
Resolucion De Contrato De Arrendamiento
Partes:
DEMANDANTE:BIBLIOTECA DE LOS TRIBUNALES DEL DISTRITO FEDERAL "FUNDACION ROJAS ASTUDILLOS DEMANDADO: WU ZIYANG
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del artículo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por ultimo (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla. En este orden de ideas, en fecha 15/03/2007, la apoderada de la parte actora, Dra. LISETTE CAROLINA VILLAMEDIANA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.268, solicitó a este Juzgado que se designará Defensor Judicial al demandado en la presente causa, acordado el mismo, mediante auto de fecha 19 de marzo de 2007, .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : 2006-1663 N° Sentencia : Fecha: 27/03/2008
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
DEMANDANTE: ALEXIS JOSÉ AUMAITRE PÁEZ DEMANDADA:ANA TERESA MALAVÉ RODRÍGUEZ
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del articulo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por ultimo (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla. En el caso sub iúdice, el Tribunal observa que desde En fecha 19 de Julio del año 2.006, compareció el Abogado TOMÁS ENRIQUE GUARDIA, y retiró cartel de intimación librado a la parte demandada, se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demand.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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