Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, el cual riela al folio N° 75 al 81, ambas inclusive, del presente expediente, Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
Testimoniales
En lo que se refiere a la prueba testimonial de los Luisa Jacqueline Bello Sánchez, Margoth Elena Briceño Monasterios, Yilmar Victoria Mosquera Tovar, Paulina María Navarro Esteban, Marina Torres, Ana Milena Contreras Quintero, Marla Lander Abreu, Aurelio Andrés Cienfuegos Sánchez, Scarlet Mercedes Tirado Méndez, Laura Viviana Donadío, Rosana Gregoria Chávez Piñango, Cleopatra Beatriz González Hernández, María Francis Infante Espinoza y Viyury de la Coromoto Marcano, este Tribunal admite los mismos y en consecuencia deberán .....