Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO interpuesta por la ciudadana MARIA RAFAELA HERNANDEZ SANTIAGO contra la ciudadana JANETH ORTIZ, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar a la actora, libre de personas y bienes y sin plazo alguno, el inmueble constituido por la Primera Planta de la Casa Nro 20-01, ubicada en la Calle 8 ( Escalera) de la Avenida Principal de El Amparo, Parcela No 2 del Parcelamiento El Amparo, Catia, Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas
SEGUNDO: Por haber resultado totalmente vencida la parte demandada, se la condena en costas, tal y como lo establece el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.