DECISIÓN
En consecuencia, con base a los argumentos tanto en hechos como de derecho precedentemente expuestos este TRIBUNAL CUARTO (04º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DEL PROCESO, seguido a los adolescentes MORA MOLINA YESIKA DESIREE y DIAZ BEIKER JESUS, en razón de la extinción de haberse producido la acción penal por prescripción de la misma, para perseguir y castigar el delito de HURTO CON DESTREZA, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4º del Código Penal, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º y 48 numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, p.....