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Decisiones del dia 27/05/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2011-001813 N° Sentencia : Fecha: 27/05/2011
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
VICTOR RAFAEL TEPPA DELFINO VS. GRUPO SMS, C.A.
Resumen:
Luego de conversar y evaluar las posiciones, la parte demandada ofrece pagar la suma de Bolívares Treinta Mil exactos el día jueves 30 de junio de 2011, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo. La parte actora acepta la oferta y la fecha de pago presentada el día de hoy, en el presente acto, por cuanto se encuentran satisfechas las pretensiones surgidas por la relación de trabajo que existió. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2010-004070 N° Sentencia : Fecha: 27/05/2011
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
LISBETH LEAL VS. PROYECTOS E INVERSIONES SOFTECH, S.A.
Resumen:
Analizada la estimación de los honorarios profesionales y el trabajo a realizar, se evidencia que la cantidad de horas hombre a utilizar en la realización de la experticia complementaria encomendada es de cuatro (4) horas, lo cual se ajusta a la poca complejidad de la experticia complementaria, por cuanto solo requiriere el cálculo de la indexación de la prestación de antigüedad, de los otros conceptos laborales y de los intereses de mora generados. En consecuencia, la cantidad de cuatro (04) horas a emplearse en la realización de la experticia, multiplicadas por la cantidad de Bs. 608,00, que es el valor de la hora según el citado Instrumento referencial de Honorarios mínimos
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2009-5680 N° Sentencia : Fecha: 27/05/2011
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
JOSÉ ALBARRÁN SÁNCHEZ VS. SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A.
Resumen:
por la búsqueda de información, lectura y análisis de la sentencia y demás información para la realización de la experticia complementaria, estimadas en 2,5 horas, no se generan honorarios profesionales, al ser actividades que no son propias del proceso judicial (realización de cálculos, tablas, informe y su consignación), sino referidas al conocimiento del trabajo que se debe realizar como auxiliar de justicia. De acuerdo a lo anterior se fijan los honorarios profesionales del ciudadano Ramón Márquez Guerrero, con el carácter de experto contable, en la suma de Bolívares Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro sin céntimos (Bs. 3.344,00), por 5,5 horas de trabajo invertidas en la realización de la experticia complementaria del fallo, según El Instrumento Referencial de honorarios mínimos, aprobado y por la Sociedad Venezolana de Contadores Públicos
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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