Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este Juzgado declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuso La sociedad mercantil INMOBILIARIA TIAMPA, C.A. contra la empresa CERÁMICA COSTA SMERALDA, C.A., antes identificadas. En consecuencia, se condena a la demandada a DESALOJAR y ENTREGAR a la parte actora, el bien inmueble constituido por los locales comerciales L2 y L3, que forman parte de las quintas El Milagro y Mont Blanc, integradas en un solo inmueble denominado QUINTA MONT BLANC, construida sobre un lote de terreno situado en la parte sur de la urbanización La Florida, en la prolongación de la avenida Las Acacias, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital.
De conformidad a lo establecido en el Parágrafo Primero del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, se le concede a la arrendataria, sociedad mercantil CERÁMICA COSTA SMERALDA, C.A. un plazo de seis (6) meses para la entrega material del inmueble arrendado, contados a partir de .....