En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la demandada EL PAIS TELEVISIÒN C.A, representada judicialmente por el ciudadano DANIEL ALBERTO FRAGIEL A, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.243, y el ciudadano RODOLFO JOSE BARRIOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.226.516, representando judicialmente a la entidad de trabajo EL PAIS TELEVISIÒN C.A, Asimismo se deja constancia que una transcurra el lapso pertinente para la interposición de los recursos a los que hubiere lugar se dará por terminado el presente asunto, ordenando su archivo definitivo y su cierre informático. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes i.....