Este Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL ENRIQUE HERRERA , contra la Embajada de Corea. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no resultar totalmente vencida la parte demandada