Se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana DANIELLA JIMENEZ VICENTINI, titular de la cédula de identidad N° V-12.671.587, representada por el abogado TOMÁS CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.545, contra la decisión de fecha 03 de mayo del año 2011, dictada por el Tribunal Decimoquinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 03 de mayo del año 2011, dictada por el Tribunal Decimoquinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, que declaró improcedente la solicitud de Divorcio de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, presentada por la hoy recurrente junto a su cónyuge, ciudadano JESUS RAFAEL PAZOS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.333.661, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 488-D de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños,.....