PRIMERO: De conformidad con el Articulo 330 en su Ordinal 2° de nuestra norma adjetiva penal, revisado el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público en fecha 20-06-06, se evidencia que el mismo cumple con todos los requisitos formales del Articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este tribunal ADMITE TOTALMENTE el escrito de Acusación interpuesto por la Vindicta Publica en contra del ciudadano LUIS FRANCISCO SALAZAR CUELLAR, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el Articulo 453, ordinal 6, en relación con el ultimo aparte del articulo 80, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ANDELFO MÉNDEZ ASCANIO. la ciudadana Juez procedió a imponer al imputado de autos de las Medida Alternativas a la Prosecución del proceso, establecidas en nuestra norma adjetiva penal, como son: a) El Principio de Oportunidad, b) El Acuerdo Reparatorio y c) La Suspensión Condicional del Proceso, y.....