En mérito de las razones expuestas precedentemente este Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la oposición presentada por la Abogada LOREYMA CLAROS OVIEDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 154.783, en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República según consta en oficio poder Nº 000591 de fecha 30 de junio de 2011, mediante el cual hace formal oposición a la Medida de Suspensión de Efectos decretada por este Juzgado en fecha Diez (10) de junio del presente año.