Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Falta de Cualidad Activa alegada por la parte demandada, ciudadano José Maldonado en contra del ciudadano Gustavo Pérez Acevedo, parte actora;
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal incoara el ciudadano GUSTAVO PEREZ ACEVEDO, en contra del ciudadano JOSE MALDONADO, ambas partes plenamente identificadas ab-initio y en consecuencia se ordena a la parte demandada hacer entrega material a la parte actora de manera real y efectiva, el inmueble consistente de un (01) galpón identificado con el Nº 1, el cual tiene una superficie aproximada de Ciento Treinta Metros Cuadrados (130 mts. 2), el cual se encuentra ubicado dentro de la Hacienda La Cabaña, .....