Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa interpuesta por la sociedad de comercio INDUSTRIAS LENCETEX, C.A., contra los actos administrativos siguientes: (i) Acta de Reconocimiento S/N del 24 de abril de 2000; (ii) Resolución de Multa S/N del 24 de abril de 2000; (iii) Multa Nº APGL-AAJ-0148-2000 de fecha 27 de abril de 2000; y (iv) Planillas de Liquidación de Gravámenes, Forma 81, H-99 Nos. 0053608 y 0053609 por la cantidad actual de noventa y un mil ochocientos cuarenta y cuatro bolívares con veintiún céntimos (Bs. 91.844,21), todos emanados de la Gerencia de Aduana Principal de la Guaira del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Se ORDENA remitir el expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del citado Órgano Recaudador, a.....