DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
PRIMERO: ADMITE los recursos de apelación interpuestos por las Abgs. DORA CASTILLO VALERY y ANA MONASTERIOS, en su carácter de apoderadas del ciudadano DOMINGO FIGUERA, y por el Abg. PEDRO JOSÉ MONTES GONZÁLEZ en su carácter Fiscal Quincuagésimo del Ministerio Publico del Area Metropolitana de Caracas, con fundamento en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal en contra de la decisión dictada en fecha 17-07-2006, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: ADMITE las pruebas que cursan en el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía del Ministerio Público. En consecuencia, se acuerda resolver la procedencia de la cuestión.....