Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de resolución de contrato y cobro de daños y perjuicios incoada por los ciudadanos CARLOS LUIS HERNÁNDEZ PARRA y TOMÁS AURELIO MARSAL FONSECA contra la sociedad mercantil MONAGAS PLAZA C.A., ambos plenamente identificados, en consecuencia, se declara resuelto el contrato de opción de compraventa suscrito por las partes, autenticado en la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre del estado Miranda el 10 de julio de 1998 bajo el número 63, tomo 70 de sus libros de autenticaciones. SEGUNDO.- SE CONDENA a la demandada a pagar a los demandantes la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 53.415,36) por concepto de devolución de la suma total por ellos pagada, que incluye el precio de venta y otros gastos, antes discriminados.....