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Decisiones del dia 27/09/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2010-005792 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2010
Procedimiento:
Inspección Judicial
Partes:
SOLICITANTE (S): ELÍAS SALIN ABOU ARRAGE IBRAHIN
Resumen:
Por lo que se reitera, que a través de una Inspección Judicial, el Juez solo puede dejar constancia de lo que pueda percibir a través de los sentidos, y lo pretendido por el solicitante, es que se deje constancia de las personas que ocupan el inmueble o desarrollan actividades y la cualidad que ostentan los ocupantes que no figuran en el contrato, lo cual es imposible a través de una inspección judicial, toda vez, que el Juez solo puede dejar constancia de las personas que se encuentran en un inmueble al momento de practicarse una inspección más no se pueden hacer apreciaciones en cuando a que ocupan el inmueble o no, dicha apreciación debe hacerla, en todo caso, un Juez al momento de dictar sentencia, y después de que a través de varios medios probatorios se le demuestre este hecho, por otra parte, en cuanto al estado de solvencia o insolvencia del inquilino, la prueba idónea para demostrar este hecho es la documental y no la inspección judicial, motivos por los cuales este T.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2010-003411 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2010
Procedimiento:
Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom
Partes:
DEMANDANTE (S): BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL DEMANDADA(S): JUAN CARLOS GONZALEZ CESPEDES
Resumen:
Observando el Tribunal, que se demanda la resolución del contrato, sin dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 ejusdem, y se pretende es el pago del saldo adeudado, de intereses convencionales y moratorios, cuando estos conceptos se demandan al intentarse la demanda de cumplimiento de contrato, y por supuesto, en este caso, el saldo adeudado no puede exceder de la octava parte del precio de venta del vehículo, motivo por el cual este Tribunal considera que la presente demanda, es contraria a derecho, por lo que se procede a negar su admisión.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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