DISPOSITIVA
En razón de los precedentes considerandos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO (40º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales incoase el ciudadano EDUARDO DANIEL PEDROZO OSPINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.659.324, en contra de la demandada la sociedad mercantil IMPORTADORA ABBUSSI 2004, C.A. y así, la condena al pago de la suma de TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (BS. 36.670,52) a favor del accionante EDUARDO DANIEL PEDROZO OSPINO, así como al pago de los intereses moratorios, intereses sobre prestaciones sociales y la corrección monetaria de las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo .....