En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación intentado en fecha 05 de abril del 2011, por la ciudadana HELEN GUADALUPE DEL CARMEN LEFELD, titular de la cédula de identidad número V-6.398.027, asistida por el Defensor Público Décimo Sexto del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Abogado ABRAHAM BLANCO; contra la sentencia definitiva dictada en fecha 23 de febrero de 2011, por el Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, que declaró con lugar la Acción de Responsabilidad de Crianza que incoara el ciudadano PEDRO ADRIAN VAN SCH.....